Ladrones de alto vuelo

Por motivos laborales tuve que viajar a la ciudad de Córdoba, Argentina.

Éramos 5, uno de mis compañeros de viaje era Agustín Borda.

Voy a narrar brevemente lo que le pasó. O debiera decir: lo que le hicieron.

El jueves 11 de noviembre tomamos el vuelo de Aerolíneas Argentinas AR1502 de las 06:30 horas.

Como íbamos a volver al día siguiente por la tarde, todos llevábamos poco equipaje: 4 bolsos de viaje y 1 mochila.

La mochila de Agustín tenía en el fondo una navajita Victorinox.

Lógicamente, al pasar la mochila por el scanner, detectaron la navaja y lo obligaron a despacharla como equipaje.

Poco tiempo antes, Agustín guardó las monedas que llevaba en la campera, en el bolsillo de la mochila. No quería correr el riesgo de que al quitarse la campera en el avión, se le cayeran al piso. Eran algo más de 5 pesos.

Despachó el equipaje.

Llegamos a Córdoba, retiró su mochila y tomamos los 5 un minibus para llegar al hotel.

Cuando quiso pagar su parte del viaje, buscó algunas monedas en el bolsillo de la mochila, y sacó 20 centavos.

Era todo lo que había quedado.

Le habían abierto el bolsillo de la mochila y le habían robado sus monedas.

Pudo haber sido en el aeroparque Jorge Newbery de la ciudad de Buenos Aires, o en el Aeropuerto Internacional de Córdoba.

Nunca lo sabremos.

Lo cuento aquí para descargar un poco la «bronca» que nos dio ese miserable – por lo escaso del monto – acto de latrocinio.

Sirva la experiencia de Agustín para prevenirlos a ustedes de los pequeños inconvenientes que se pueden sufrir en los aeropuertos.

Estos «ladrones de alto vuelo» se comportaron como aves de rapiña.

6 comentarios en “Ladrones de alto vuelo

  1. Continuo indignado espero para el proximo viaje me regresen las mismas monedas que me birlaron, no otras, las mismas.

  2. Gustavo, por fin y despues de 3 años, hicimos justicia. Si viste las noticias de estos ultimos dias habras visto la detencion de miembros de una mafia organizada, empleados del aeroparque (aeropuerto 2000), por robar equipajes y objetos de valor de su interior.
    Saludos y en cualquier momento nuevas quejas. Ademas de unas publicidad para tu website

  3. ¿¡Ya pasaron 3 años!?
    Seguramente estos tipos robaban cosas de valor desde hacía mucho tiempo, y las monedas que te sacaron seguro que las ahorraban para poder usarlas en la cárcel y llamar por teléfono.
    Para que no se las roben, creo que las van a tener que guardar a lo Papillon.

  4. http://cartasacocca.blogspot.com/

    Donde no hay justicia es peligroso tener razón, ya que los imbeciles son mayoria. Quevedo

    Estimados : como Profesor Universitario, de la Universidad Kennedy. Dictaba cinco asignaturas, entre ellas, Ejercicio y Administración Farmacéutica. Con mas de 50 excelentes alumnos, inquisitivos, ávidos de adquirir conocimientos, mi misión además de enseñar Legislación Farmacéutica, era explicarles como es esta actividad comercialmente, tal es así, que como trabajo practico averiguamos al azar el costo de un descongestivo nasal en gotas, droga base nafazolina, tiempo en el mercado mas de 40 años, consultado el proveedor mas importante de drogas para la industria farmacéutica, dio el costo por frasco, 0,03 centavo, precio de venta 11,25 pesos, ganancia por unidad 37500 %, por supuesto esto no tiene parangón con ninguna actividad licita, a todo esto se me invita el 5 de junio de 2007 al Anexo de la Cámara de Diputados de la Nación, donde se realizaron unas Jornadas sobre » Ética y Medicamentos » estando presentes, legisladores, funcionarios gremialistas , las Cámaras Farmacéutica que supuestamente no habían sido invitadas, pero ahí estaban en segunda fila, farmacéuticos, etc, finalizada la Jornada se podían exponer posiciones de cada uno que quisiera hablar, yo fui uno de ellos y en particular me dirigí a las Cámaras de la Industria a los que tenia a pocos metros, el drama es la accesibilidad de nuestro pueblo a los fármacos, se nos mueren compatriotas, en particular niños ,muchos de ellos muy pequeños y esta gente sin ninguna culpa gana el 37500 %, esto es un escándalo de proporciones y el Estado debe y puede solucionarlo, no puede hacerse el distraído .

    La respuesta a mis palabras no se hizo esperar, no para intentar solucionar el tema sino para sacarme del medio. Me cito mi Decano Dr, Capon Filas y La Directora de Farmacia Farmaceutica Magariños, y con un discurso Kafkiano e hiriente, me sacaron la cátedra de Farmacia, días después todas las demás, no estoy arrepentido, no puedo ser cómplice de tamaño despropósito.

    Como curiosidad mi ultimo sueldo, aguinaldo incluido fueron 231 Pesos.

    Lo saludo cordialmente.

    Profesor Universitario.

    Eduardo Marcelo Cocca

    e-mail : profcocca@gmail.com

    ESTOS SON LOS MAIL DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE MI SEPARACION DE TODAS MIS CATEDRAS, ES A LOS EFECTOS DE QUE SI ALGUIEN LES QUIERE DECIR ALGO.
    UN FRATERNAL ABRAZO A TODOS
    EDUARDO COCCA

    Dr. : Rodolfo Capón Filas caponfilas@xxxxxxxxxxx

    Farmacéutica : Maria del Carmen Magariños
    magarino@xxxxxxxxxxx

    Rectorado

    rectorado@kennedy.edu.ar

    Este es un e-mail legal, libre de virus y contiene informacion que consideramos de su interés.
    De acuerdo con la nueva Ley argentina Nº 26032 la libre distribución este email está autorizada
    por tratarse de propósitos de información, sin embargo, si le hemos causado alguna molestia por el mismo,
    le rogamos acepte nuestras disculpas y nos envie un mail a
    ecocca@fibertel.com.ar para no ser contactado nuevamente.

    SERVICIO DE INTERNET

    Ley 26.032

    Establécese que la búsqueda, recepción y difusión de información e ideas por medio del servicio de Internet se considera comprendida dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión.

    Sancionada: Mayo 18 de 2005

    Promulgada de Hecho: Junio 16 de 2005

    El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.

    sancionan con fuerza de Ley:

    ARTICULO 1°

    — La búsqueda, recepción y difusión de información e ideas de toda índole, a través del servicio de Internet, se considera comprendido dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión.

    ARTICULO 2°

    — La presente ley comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

    ARTICULO 3°

    — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

    —REGISTRADA BAJO EL N° 26.032—

    DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CINCO.

    EDUARDO O. CAMAÑO. — MARCELO A. GUINLE. — Eduardo D. Rollano. — Juan Estrada.

    http://cartasacocca.blogspot.com/

    Nota: El comentario ha sido editado porque los mails de Rodolfo Capón Filas y de Maria del Carmen Magariños son personales y por lo tanto no puedo permitir que sin su expresa autorización sean publicados.

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